Todo exceso es dañino
Nuevas controversias por ley contra la comida chatarra. El gobierno anterior pre publicó el reglamento de la ley
de alimentación saludable a tres días del cambio de mando. Gremios industriales
advierten que sería inaplicable.
Por MARÍA ROSA VILLALOBOS
El 25 de julio, el Ministerio de Salud publicó el reglamento de la
controvertida ley de alimentación saludable, con un plazo de 90 días para recibir
comentarios. Tras tres años de trabajo, sorprendió que el reglamento viera la
luz a tres días del cambio de mando. Lo que no sorprende es que desatara una
nueva polémica.
¿Mucho o poco?
El primer foco de críticas es la incorporación de una tabla de
parámetros técnicos de la sal, el azúcar y la grasa saturada. "Es
imposible de entender para el público de a pie", asegura Fernando
Raventós, abogado especialista en la industria alimentaria. "Tendría que
haberse empleado un lenguaje más sencillo [como] tantos gramos de azúcar por
cada 100 ml", agrega el ex congresista Jaime Delgado, autor de la ley en
cuestión.
Otra crítica a la tabla, desde los gremios de la industria de
alimentos y bebidas, es que resultaría draconiana. "Lo que en Ecuador es
alto a partir de 7,5 g de azúcar por 100 ml y en Chile desde 6,0 g de azúcar
por 100 ml, en el Perú es a partir de 2,5 g de azúcar por 100 ml. ¿Somos los
peruanos menos tolerantes al azúcar que nuestros vecinos?", cuestiona
César Luza, presidente de la Asociación de la Industria de Bebidas y Refrescos
sin Alcohol (Abresa).
Etiquetas
Según el reglamento, todo alimento industrial que supere los límites
de grasas saturadas, azúcares y sodio dictaminados por el Minsa deberá llevar
una advertencia en su etiqueta, idea con la que Luza discrepa dados los
exigentes parámetros planteados.
"El 95% de los productos de la industria formal de alimentos y
bebidas tendría esa advertencia, inclusive el agua potable", sostiene
Luza.
Con ello coincide Alejandro Daly, presidente del Comité de Alimentos
de la SNI, quien explica que la comisión multisectorial a cargo de reglamentar
la ley pidió el sustento de los parámetros a la Organización Panamericana de la
Salud-pues el reglamento se basa en informes de esta entidad-pero estos aún no
han sido recibidos.
Raventós, por su parte, resalta la necesidad de reglamentar el
contenido de las etiquetas por ser labor del Estado garantizar el derecho a la
información de los consumidores. En ese sentido, Delgado calificó el reglamento
como un "chiste", pues no especifica cómo deben ser las advertencias.
"Cada compañía podrá poner [las advertencias] como quiera y donde quiera.
Lo correcto sería que fueran diseñadas por la autoridad", asegura.
Posibles efectos
La medida, dice Luza, generaría sobrecostos y le restaría
competitividad a la industria. Adicionalmente, el Perú podría ser objeto de
denuncia de parte de sus socios comerciales y recibir eventuales sanciones de
la OMC por implementar obstáculos técnicos al comercio.
De hecho, añade Daly, en el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio
de la OMC, el Perú ya ha recibido las preocupaciones de socios comerciales como
EE.UU., Canadá, México, Colombia, Suiza y Guatemala.
Fallas de origen
¿Habría que rehacer el reglamento y plantear uno nuevo? "Se
debería retirar y proponer algo mejor. Está mal hecho, con errores legales y con
repeticiones de los artículos de la ley”, sostiene Raventós.
Para Alejandro Falla, socio de Bullard Falla Ezcurra +, el enfoque
tanto de la ley como del reglamento no ataca la verdadera raíz de la obesidad.
"Es más fácil echarle la culpa al alimento industrializado, pero el
problema real está en el sedentarismo y los malos hábitos", critica.
Delgado, por su parte, se inclina por la mejora paulatina del reglamento.
"La pre-publicación va a servir para recibir opiniones y corregir
deficiencias, pero hay que poner en vigencia la ley", dice. La decisión
final la sabremos en dos meses.
Panorama internacional
Tanto en Chile -tras un largo debate de más de cuatro años- como en
Ecuador, esta legislación ya está vigente.
"Los etiquetados ya advierten en la parte frontal [sobre el
contenido de los productos] de forma sumamente destacada", dice el abogado
Fernando Raventós. Agrega que en Chile existe la restricción de la publicidad
de productos fruitivos (que se consumen por placer) en los programas para
niños.
La ley peruana va por el mismo camino, según el ex parlamentario Jaime
Delgado. "Algunos industriales han venido poniendo trabas, pero otros ya
fabrican productos con estas características para Ecuador", sentencia.
El presidente de la Asociación de la Industria de Bebidas y Refrescos
sin Alcohol, César Luza, asegura que este sector, sin necesidad de una
normativa, ya regula sus contenidos publicitarios dirigidos a niños y
adolescentes.
Otras observaciones
El reglamento propone la creación de una red nacional de promoción de actividad
física y alimentaria saludable, a pesar de que la ley ya considera un
Observatorio de Nutrición y de Estudio del Sobrepeso y de Obesidad.
"Tener dos organismos que realicen una función similar no tiene sentido",
critica el abogado Fernando Raventós. El ex congresista Jaime Delgado también
rechazó la duplicidad. "¿Para qué crear entidades que no tendrán
recursos?", cuestiona.
Por otro lado, el reglamento describe los alimentos procesados como
aquellos "obligados a tener registro sanitario", pero este
requerimiento fue derogado el año pasado.